por el cual se modifica el decreto número 2420 de 1976
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales y en especial delas que le confiere el artículo 29 del Decreto-ley 1050 de 1968 y el artículo 21 del Decreto-ley 130 de 1976,
DECRETA:
Artículo 1º La Compañía de Informaciones Audiovisuales tendrá, además de lo establecido en el Decreto 2420 de 1976, el siguiente objeto social:
- a) La dirección, administración, financiación, producción y coordinación de programas de televisión, que se transmitirán primordialmente a través de los canales radioeléctricos administrados por el Instituto Nacional de Radio y Televisión -INRAVISION- en nombre y por cuenta propios o por cuenta de otros organismos o entidades del Estado;
- b) La realización y comercialización de cortos y largos metrajes, en nombre y por cuenta propios o por cuenta de terceros;
- c) La transmisión y comercialización de eventos especiales de interés público;
- d) La elaboración, dirección y ejecución de campañas publicitarias del sector público, y
- e) Las demás tareas que en materia de comunicación le asigne la ley, el Gobierno Nacional o la Junta Directiva.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a14 de diciembre de 1979.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Comunicaciones,
José Manuel Arias Carrizosa.
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