Por el cual se crea un cargo y se hace un nombramiento en el Ministerio de Obras Públicas, ramo de Interventorías

Rango Decreto
Publicación 1955-12-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto, créase el cargo de Ingeniero Interventor de la interventoría de las obras contratadas con el Departamento de Caldas, para la reconstrucción y construcción del sector Pueblo Rico-Tadó, de la carretera Pueblo Rico-Tadó-Las Animas, con una asignación mensual de mil trescientos pesos moneda corrriente ($ 1.300.00) , suma que se cubrirá con cargo al Capítulo 134, artículo 2819 del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo segundo. Para desempeñar el cargo de Ingeniero Interventor de la interventoría de las obras contratadas con el Departamento de Caldas, para la reconstrucción y construcción del sector Pueblo Rico-Tadó, de la carretera Pueblo Rico-Tadó-Las Animas, creado por el artículo anterior, nómbrase al señor Pascual López López.

Parágrafo. El doctor López López, antes de posesionarse, deberá constituír a favor de la Nación, la fianza que le señale la Contraloría General de la República.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de diciembre de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Obras Públicas,

Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango.

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