Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1981-02-23
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 42 de 1980,

DECRETA:

Artículo 1º Fijase la escala de remuneración correspondiente a las distintas categorías de empleos del Instituto de Seguros Sociales, así:
Grado Asignación básica
1 5.290.00
2 6.050.00
3 6.800.00
4 7.560.00
5 8.310.00
6 9.070.00
7 9.820.00
8 10.590.00
9 11.340.00
10 12.100.00
11 12.850.00
12 13.800.00
13 14.920.00
14 15.690.00
15 16.640.00
16 17.570.00
17 18.900.00
18 20.040.00
19 21.930.00
20 23.620.00
21 25.140.00
22 26.460.00
23 27.970.00
24 29.670.00
25 31.370.00
26 32.260.00
27 35.540.00
28 37.240.00
29 38.940.00
30 40.640.00
31 42.340.00
32 43.850.00
33 45.550.00
34 47.250.00
35 48.950.00
36 50.460.00
37 52.350.00
38 54.240.00
39 56.140.00
40 58.025.00
41 59.910.00
42 61.800.00

Parágrafo. La escala fijada en el presente artículo se aplicará a partir del 1º de mayo de 1981 únicamente a las personas que se vinculen a cargos dentro de las plantas de personal del Instituto de Seguros Sociales o que sean objeto de promoción o ascenso.

Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 1º de mayo de 1981.

Comuníquese y cúmplase,

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de febrero de 1981.

VICTOR MOSQUERA CHAUX

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Eduardo Wiesner Durán

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Ministro de Trabajo y Seguridad Social (e),

Laura Ochoa de Ardila

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