Por el cual se designa Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc

Rango Decreto
Publicación 1982-11-15
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

DECRETA:

Artículo 1° Desígnase Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc al Viceministro del mismo Ministerio, para los casos en que se deba autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público titular para garantizar, negociar o suscribir, a nombre del Gobierno Nacional, empréstitos externos.
Artículo 2° Este Decreto rige desde su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 4 de noviembre de 1982.

BELISARIO BETANCUR

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