por el cual se aprueba el Acuerdo número 032 del 15 de noviembre de 1990 que establece la planta de personal del Fondo Nacional del Notariado

Rango Decreto
Publicación 1990-12-31
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y de las que le confiere el artículo 74 del Decreto - ley 1042 de 1978,

DECRETA:

Articulo 1. Apruébase el Acuerdo número 032 del 15 noviembre de 1990 de la Junta Directiva del Fondo Nacional del Notariado, que dice:

ACUERDO NUMERO 032 DE 1990

(noviembre 15)

"por el cual se establece la Planta de Personal del Fondo Nacional de Notariado".

La Junta Directiva del Fondo Nacional del Notariado, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el ordinal c) del artículo 9°de los Estatutos del Fondo Nacional del Notariado,

ACUERDA:

Artículo 1. Las funciones propias del Fondo Nacional del Notariado, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:

N°DE CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO
DIRECCION GENERAL DIRECCION GENERAL DIRECCION GENERAL DIRECCION GENERAL
SUBDIRECCION GENERAL. SUBDIRECCION GENERAL. SUBDIRECCION GENERAL. SUBDIRECCION GENERAL.
1 Subdirector General de Establecimiento Público 0040 07
1 Jefe de Sección 2075 06
1 Profesional Universitario 3020 08
1 Operador Equipo de Sistemas 4100 06
1 Tesorero 5015 20
1 Secretario Ejecutivo 5040 15
1 Almacenista 5080 11
1 Secretario Ejecutivo 5040 11
1 Auxiliar Administrativo 5120 09
1 Secretario 5140 08
1 Auxiliar Administrativo 5120 07
1 Ayudante de Oficina 5155 07
1 Conductor Mecánico 6010 03
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 02
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 01

Artículo 2. El valor total de la presente Planta de Personal no podrá exceder el valor límite por Servicios Personales, autorizado por el Comité de Control del Gasto Público.

Artículo 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por decreto del Gobierno Nacional y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D E., a 15 de noviembre de 1990

El Presidente,

(Fdo.) Mauricio Londoño Paredes

Delegado del Ministro de Justicia.

El Secretario,

(Fdo.) Humberto Vanegas Castro».

Artículo 2. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 28 de diciembre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Justicia,

Jaime Giraldo Ángel.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Carlos Humberto Isaza Rodríguez.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.