Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 21 de diciembre de 1945, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Correos y Telégrafos, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 26024 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 5 Y 6.
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de diciembre de 1945.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de Correos y Telégrafos
Luis GARCIA CADENA
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