Por el cual se suprimen varios empleados
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que por el Decreto número 167, de 31 del mes próximo pasado, se creó un Cuerpo de Inspectores de Impuestos y de Rentas, dependiente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
decreta:
Artículo único. A partir del 1° de marzo próximo, suprímense los Inspectores de Impuestos que actualmente funcionan en las Administraciones de Hacienda Nacional.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de febrero de 1925.
PEDRO NEL OSPINA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jesús M. MARULANDA.
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