por el cual se modifica el numeral 7 del literal d) del artículo 16 del Decreto 4730 de 2005

Rango Decreto
Publicación 2008-02-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales, en especial la que le confiere el artículo 189 numeral 11, y en desarrollo de las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994, 225 de 1995 y 819 de 2003,

DECRETA:

Artículo 1º. Modifícase el numeral 7 del literal d) del artículo 16 del Decreto 4730 de 2005, el cual quedará así:
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el numeral 7 del Literal d) del artículo 16 del Decreto 4730 de 2005.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de febrero de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

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