Por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto número 1959 de 1985
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de la que le confiere el artículo 14 de la Ley 22 de 1985,
DECRETA:
Artículo 1ºModifícase el artículo 1º del Decreto número 1059 de 15 de abril de 1985, el cual quedará así:
"Artículo 1º La Comisión Asesora para el ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas al Gobierno Nacional por el artículo 13 de la Ley 22 de 1985, estará integrada por:
- Cuatro (4) miembros del Congreso de la República de las Circunscripciones Electorales de las Intendencias y Comisarías, así: Dos (2) Senadores y dos (2) Representantes, designados por las respectivas Mesas Directivas de las dos Corporaciones.
- El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
- Los Viceministros de Gobierno, Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Desarrollo Económico.
- El Subjefe del Departamento Nacional de Planeación. Presidirá la comisión el Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías y actuará como Secretario de la misma el Secretario General de este Organismo".
Artículo 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 29 de octubre de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías,
Hector Moreno Reyes.
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