“Por el cual se modifica el Decreto 2160 de 1986.”

Rango Decreto
Publicación 1990-12-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 120 ordinal 3° de la Constitución Política, 50 y 2035 del Código de Comercio,

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1° Aplazar la obligatoriedad de la aplicación del artículo 48 del Decreto 2160 de 1986 hasta el ejercicio que termina el 31 de diciembre de 1991.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de diciembre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes.

El Ministro de Desarrollo Económico,

Ernesto Samper Pizano.

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso Valdivieso Sarmiento.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.