“Por el cual se modifica el Decreto 2160 de 1986.”

Rango Decreto
Publicación 1990-12-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 120 ordinal 3° de la Constitución Política, 50 y 2035 del Código de Comercio,

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1° Aplazar la obligatoriedad de la aplicación del artículo 48 del Decreto 2160 de 1986 hasta el ejercicio que termina el 31 de diciembre de 1991.

Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de diciembre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes.

El Ministro de Desarrollo Económico,

Ernesto Samper Pizano.

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso Valdivieso Sarmiento.

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