Por el cual se divide la Corte Suprema de Justicia en dos salas

Rango Decreto
Publicación 1920-02-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley 81 de 1910,

DECRETA:

Artículo Único. Divídese la Corte Suprema de Justicia en dos Salas, que quedaran compuestas así:

Sala de Casación, que la formarán los Magistrados doctores Germán D. Pardo, Juan N. Méndez, Marceliano Pulido, Dionisio Arango, José Miguel Arango y Tancredo Nannetti; y

Sala de Negocios Generales, que la formarán los Magistradores doctores Ramón Rodríguez Diago, Bartolomé Rodríguez P. y Luis Felipe Rosales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogota, a 12 de Febrero de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ - El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.

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