por el cual se actualizan unas cuantías
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de sus atribuciones que le confiere el artículo 16 del Decreto - ley 468 de 1986,
DECRETA:
Artículo 1º En desarrollo del parágrafo del artículo 16 del Decreto ley 468 de 1986, para la aprobación o importación por parte del Departamento de Administración de Intendencias y Comisarias, DAINCO, señálandose las cuantías de los contratos celebrados por las Intendencias y sus entidades descentralizadas en siete millones ciento ochenta y nueve mil setecientos setenta pesos ($7.189.770.00) moneda corriente y en cuatro millones trescientos trece mil ochocientos sesenta y dos pesos ($4.313.862.00) moneda corriente para las Comisarias y sus entidades descentralizadas.
Artículo 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquesey cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de febrero de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarias,
Darío Mesa Latorre.
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