por el cual se adopta el "Reglamento de Admisión de Alumnos a la Escuela de Grumetes"
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Adóptase el "Reglamento de Admisión de Alumnos a la Escuela de Grumetes".
Artículo 2º. Las modificaciones a que de lugar el presente Reglamento, mediante previo estudio, ténganse en cuenta para posteriores publicaciones.
Artículo 3º. Queda derogado el Decreto número 2746, del 17 de diciembre de 1942.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 26 de septiembre de 1947.
MARIANO OSPINA PÉREZ
El Ministro de Guerra,
Fabio LOZANO Y LOZANO
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