por el cual se constituye el Tribunal de que trata el artículo 57 de la Ley 6ª de 1945, en la huelga de los trabajadores de la Tropical Oil Company

Rango Decreto
Publicación 1946-11-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones-legales, y

CONSIDERANDO:

Que desde el lunes 28 de octubre último se encuentran en huelga los trabajadores de la Tropical Oil Company tanto en Barrancabermeja y el Centro, como en Villavicencio, La Dorada y demás dependencias de la citada Compañía;

Que no obstante las gestiones realizadas por el Ministerio de Trabajo , Higiene y Previsión Social para la solución de este conflicto antes y después de su iniciación no se ha podido llegar a ningún acuerdo entre las partes, y en consecuencia han transcurrido los ocho días a que se refiere el artículo 57 de la Ley 6a de 1945,

DECRETA:

Artículo primero. Constituyese un Tribunal de tres miembros designados uno por la Tropical Oil Company,. otro por la Unión Sindical Obrera de la Tropical Oil Company, y el tercero por el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social. Dicho Tribunal estudiará el conflicto de trabajo existente entre la Empresa y sus empleados y obreros y propondrá a las partes una fórmula de arreglo cuya adopción o rechazo se votará en la forma prevenida en el artículo 55 de la Ley 6a de 1945.
Artículo segundo. Los representantes de las partes serán designados dentro de las doce horas siguientes a la comunicación del presente Decreto. El Ministro de Trabajo designará el que corresponde al Gobierno mediante la Resolución correspondiente.
Artículo tercero. El Tribunal deberá instalarse y empezar a funcionar dentro de las seis horas siguientes al nombramiento de sus miembros. En cualquier caso de morosidad o renuencia de las partes para la designación del miembro que les corresponde en el Tribunal a que este Decreto se refiere, o para reemplazarlo cuando falte, el Ministerio del ramo procederá a hacer la designación respectiva.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 5 de noviembre de 1940.

MARIANO OSPIXA PEREZ

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social

Blas HERRERA ANZOATEGUI

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