Por el cual se declaran de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República las personas que desempeñen unos empleos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 65 de 1967,
DECRETA:
Artículo 1º Serán de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República las personas que desempeñen los siguientes empleos de la Superintendencia de industria y Comercio:
Jefe de la División de Industrias.
Jefe de la División de Propiedad Industrial.
Jefe de la División de Control de Normas y Calidades.
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E" a 26 de diciembre de 1968.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Desarrollo Económico, Hernando Gómez Otálora.
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