Por el cual se aprueba un acuerdo del Comite Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1983-11-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente do la República de Colombia en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el acuerdo número 16 de septiembre 15 de 1983 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

«ACUERDO NUMEPO16 DIE 1083

(septiembre 15)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Articulo primero. Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros para que, mediante reinversión de dividendos decretados por el Banco Cafetero a favor del Fondo Nacional del Café en los años de 1977, 1978, 1979. 1980, 1981 y primersemestre de 1982, suscriba y pague para este acciones del mismo Banco por la suma de $ 104.798.000.00 moneda corriente.

Articulo segundo. Someter el presente acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogota, D. E., a los quince (15) días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y tres (1983).

El Presidente,

Sergio- Bravo Pantoja,

El Secretario,

Jose, Fernando .Jaramillo H. »

Articulo 2º Este Decreto rige desdela fechade su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogota, D. E., a 16 de noviembre do 1383.

BELISARIO BETANCUR.

Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Edgar Gutierrez Castro.

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