Por el cual se aprueba el Acuerdo número 321 del 3 de diciembre de 1984, emanado de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales
El Presidente de la República de Colombia, en use de sus facultades constitucionales y legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Aprobar el Acuerdo número 321 del 3 de diciembre de 1984, emanado de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NUMERO 321 DE 1984
(diciembre 3)
por el cual se adoptan las tarifas de pago por cada clase de servicios de salud que requiera contratar el Instituto de Seguros Sociales
La Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, en uso de sus facultades legales,
ACUERDA:
Artículo primero. Adoptar por el lapso comprendido entre el 1º de enero y el 31 de marzo de 1985, el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas aprobado por los Decretos 1982 de 1983 y 1331 de 1984.
Artículo segundo. El presente Acuerdo debe ser aprobado por el Gobierno Nacional, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 31 del Decreto-ley 1652 de 1977.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a los tres (3) días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).
(Fdo.) El Presidente,
Martha Fernández de Soto.
(Fdo.) El Secretario,
Fernando Ordóñez Rueda»
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a diciembre 28 de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Oscar Salazar Chavez.
El Ministro de Salud,
Amaury García Burgos.
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