por el cual se modifica el Decreto 2670 de 2000, modificado por los Decretos 1163 y 2868 de 2001

Rango Decreto
Publicación 2002-12-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en los artículos 48 y 49 de la Ley 546 de 1999,

DECRETA:

Artículo 1º. El inciso primero del numeral 2 del artículo tercero del Decreto 2670 de 2000, modificado por los Decretos 1163 y 2868 de 2001 quedará así:
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 2002.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Roberto Junguito Bonnet.

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