Por el cual se aumenta una asignación mensual (ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1948-10-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Fijase en setecientos pesos ($ 700) mensuales el sueldo del ingeniero Jefe de la carretera Bolívar-Sucre-Jesús María.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 8 de septiembre de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Correos y Telégrafos, José Vicente DAVILA TELLO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.