Por el cual se aclara el artículo 1º Decreto legislativo número 2659 de 1955

Rango Decreto
Publicación 1955-12-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO

que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,

DECRETA:

Artículo primero. Aclárase el artículo primero del Decreto legislativo número 2659 de octubre 6 de 1955, en el sentido de fijar los linderos y determinar las medidas del lote de terreno cedido por la Nación a la Liga Antituberculosa Colombiana, Comité del Atlántico, ubicado en Barranquilla, así:

Por el mayor lado Norte, en una extensión de 60.60 metros, con predios del Gobierno Nacional y de Cementos Nare, y por su menor lado Norte 32.70 metros con Cementos Nare; por el Sur, 58 metros con predio del Gobierno Nacional; por el mayor lado Este, en una extensión de 64.50 metros, canal descubierto en medio, con predio del Gobierno Nacional, y por su menor lado Este, en una extensión de 32.40 metros con Cementos Nare, y por el Oeste, 105.70 metros, proyectada vía 40 en medio, con predios del Gobierno Nacional y Empresa Litográfica, S. A.

Artículo segundo. En los términos precedentes, queda aclarado el articulo primero del Decreto antes citado.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 7 de diciembre de 1955.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA

Presidente de Colombia.

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia,

Luis Caro Escallón.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra,

Brigadier General Gabriel París.

El Ministerio de Agricultura y Ganadería,

Juan Guillermo Restrepo J.

El Ministro del Trabajo,

Cástor Jaramillo Arrubla.

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía.

El Ministro de Fomento,

Manuel Archila M.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Pedro Manuel Arenas.

El Ministro de Educación Nacional,

Gabriel Betancur Mejía.

El Ministro de Comunicaciones,

Brigadier General Gustavo Berrío M,

El Ministro de Obras Públicas,

Contraalmirante Rubén Piedrahita A.

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