Por el cual se distribuye una partida

Rango Decreto
Publicación 1953-12-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo primero. La partida de $ 95.000.00 apropiada por el Decreto número 2450 del presente año, en el Capítulo 63, artículo 730-A del Presupuesto de Gastos de la actual vigencia, se distribuye así:
Ordinal 1. Para dar cumplimiento al contrato de administración de los hospitales de Agua de Dios, comprendidas en el sector hospitalario fijado por el Decreto 2260 de 1953 $ 53.530.00
Ordinal 2. Para dar cumplimiento al contrato de administración de los hospitales y asilo de niñas enfermas, de Contratación 21.883.00
Ordinal 3. Para pagar compromisos adquiridos por las superioras de los hospitales y asilos de niñas enfermas en los Lazaretos de Agua de Dios y Contratación 19.585.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 3 de diciembre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.