Por el cual se concede una franquicia portal y telegráfica

Rango Decreto
Publicación 1904-04-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

En uso de sus facultades legales

DECRETA:

Artículo único. Concédese franquicia postal y telegráfica á las Juntas departamentales encargadas de la fijación del cambio y á los demás funcionarios públicos que tengan necesidad de dirigirse á la Junta nacional de Amortización para tratar de los asuntos que les están encomendados por dicha Junta.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á l4 de Abril de 1904.

JOSE MANUEL MARROQUÍN

El Ministro de Gobierno,

ESTEBAN JARAMILLO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.