Por el cual se dicta una medida sobre la Caja de Vivienda Militar

Rango Decreto
Publicación 1958-01-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno,

obrando de conformidad con las disposiciones del artículo 121 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo 1° Facúltase a la Caja de Vivienda Militar para que disponga libremente de las zonas de terreno que le cedió la Nación por Decreto 212 de 3 de febrero de 1955, con el fin de que invierta su producto en el cumplimiento de los fines a ella encomendados.
Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de noviembre de 1957.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Contralmirante Rubén Piedrahita A.- Brigadier General Rafael Navas P.-Brigadier General Luis E. OrdoñezC.

El Ministro de Gobierno, José María Villareal. El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia, Mayor General Alfredo Duarte Blum.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo.-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Saiz Montoya.-El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar.-El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás.-El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Román.-El Ministro de Fomento, Joaquín Vallejo Arbeláez.-El ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala.-El Ministro de Educación Nacional, Prospero Carbonell.-El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz P.-El Ministro de Obras Públicas, Tulio Ospina Pérez.

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