Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 40 de 1947 en su artículo 19, puso a disposición de la Santa Sede y con destino a la honorable Nunciatura Apostólica en Colombia la casa ubicada en el número 36-52 de la carrera 16 de esta ciudad (área 1.745,79 u. c.) y el lote contiguo (área 1.322,69 v. c.);
Que por la urgencia de ocupar a la mayor brevedad la residencia mencionada, no fue posible adelantar inmediatamente la construcción adicional de una capilla, obra ésta por demás indispensable para la Nunciatura,
DECRETA:
Artículo 1°. El Ministerio de Obras Públicas procederá a construir por administración directa o por contrato, y de acuerdo con planos previamente consultados con ,el Excelentísimo señor Nuncio Apostólico, una edificación destinada a capilla, dentro del lote de propiedad de la Nación, contiguo a la Nunciatura, distinguido con el número 36-33 de la carrera 15 de esta ciudad.
Artículo 2°. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el anterior artículo, hácense los siguientes traslados dentro del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas, para la vigencia en curso:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Del Capítulo 112.
| Artículo 1643. Para la construcción de la carretera Sitionuevo-Piñón-Pedraza-Chivolo- Real Plato | $20.000.00 |
|---|---|
| Capítulo 114. | |
| Artículo 1669. Para terminar el Puente Cértegui | 30.000.00 |
| 50.000.00 | |
| Al Capítulo... | |
| Artículo. Para la construcción de una Capilla en la casa de propiedad de la Nunciatura Apostólica de esta ciudad | $50.000.00 |
Artículo 3°. Este Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de octubre de 1950.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Gobierno, Domingo SARASTY-El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Guerra, Gonzalo RESTREPO JARAMILLO-El Ministro-de Justicia, Guillermo AMA YA RAMIREZ-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARRENECHE-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Alejandro ANGEL ESCOBAR-El Ministro del Trabajo, Alfredo ARAUJO GRAU-El Ministro de Higiene, Alonso CARVAJAL PERALTA-El Ministro de Comercio e Industrias, José María VILLARREAL-El Ministro de Minas y Petróleos, Manuel CARVAJAL SINISTERRA-El Ministro de Educación Nacional, Antonio ALVAREZ RESTREPO-El Ministro de Correos y Telégrafos, José Tomás ANGULO-El Ministro de Obras Públicas, Jorge LEYVA.
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