Por el cual se hacen unas traslaciones en el presupuesto de gastos de funcionamiento para la vigencia Fiscal de 1961. (Departamento Administrativo de Servicios Generales), por $ 100.000.00

Rango Decreto
Publicación 1962-01-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

en uso de sus facultades legales y especialmente

de las que le confiere la Ley 28 de 1961 y

considerando:

Que por medio del parágrafo del artículo 7º de la Ley 28 de 1961 se autorizó al Gobierno Nacional para hacer las traslaciones necesarias en el presupuesto de gastos de funcionamiento de cada Ministerio o Departamento administrativo sin variar la asignación global correspondiente a cada entidad con el único requisito a la expedición del certificado de disponibilidad por el Contralor General de la Republica.

Que para el normal desarrollo de las labores del Departamento Administrativo de Servicios Generales, es necesario hacer algunas traslaciones dentro de su presupuesto de funcionamiento y

Que para amparar las traslaciones de que se trata, la Contraloría General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 90 de 1961, por la suma de $ 100.000.00

decreta:

Artículo 1º Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1961 con base en el certificado de reserva y disponibilidad número 96 del mismo año, expedido por la Contraloría General de la República:
Presupuesto de funcionamiento.
Departamento Administrativo de Servicios
Generales
contracréditos.
CAPITULO 071
Departamento Administrativo de Servicios
Generales.
Programa I.
Administración del departamento
Servicios personales
101. 111. Del articulo 0704 Sueldos del personal dé nómina 5.000.00
Programa III
Administración y mantenimiento de Inmuebles Nacionales.
S ervicios generales
105 111. Del articulo 0719 Mantenimiento y aseguros 15.000.00
Programa. IV
Gastos generales
Servicios personales
104 111. Del articulo 0728 Servicios públicos 20.000.00
105 111. Del artículo 0731 mantenimiento y aseguros 10.000.00
Suman los contracréditos 100.000.00
Créditos
Capítulo 071
Departamento Administrativo de Servicios Generales
Programa III
Administración y mantenimiento de Inmuebles
Nacionales.
Gastos generales
106 111. Al artículo 0720. Arrendamientos 86.000.00
Programa IV
Servidos generalas.
Gastos- Generales
105 111. Al artículo 0730. compra de equipo 10.000.00
106 111. Al artículo 0732. Impresos y publicaciones 4.000.00
Suman los créditos 100.000.00
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de Diciembre de 1961

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jorge Mejía Palacio

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.