Por el cual se hacen unas traslaciones en el presupuesto de gastos de funcionamiento para la vigencia Fiscal de 1961. (Departamento Administrativo de Servicios Generales), por $ 100.000.00
en uso de sus facultades legales y especialmente
de las que le confiere la Ley 28 de 1961 y
considerando:
Que por medio del parágrafo del artículo 7º de la Ley 28 de 1961 se autorizó al Gobierno Nacional para hacer las traslaciones necesarias en el presupuesto de gastos de funcionamiento de cada Ministerio o Departamento administrativo sin variar la asignación global correspondiente a cada entidad con el único requisito a la expedición del certificado de disponibilidad por el Contralor General de la Republica.
Que para el normal desarrollo de las labores del Departamento Administrativo de Servicios Generales, es necesario hacer algunas traslaciones dentro de su presupuesto de funcionamiento y
Que para amparar las traslaciones de que se trata, la Contraloría General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 90 de 1961, por la suma de $ 100.000.00
decreta:
Artículo 1º Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1961 con base en el certificado de reserva y disponibilidad número 96 del mismo año, expedido por la Contraloría General de la República:
| Presupuesto de funcionamiento. | |
|---|---|
| Departamento Administrativo de Servicios | |
| Generales | |
| contracréditos. | |
| CAPITULO 071 | |
| Departamento Administrativo de Servicios | |
| Generales. | |
| Programa I. | |
| Administración del departamento | |
| Servicios personales | |
| 101. 111. Del articulo 0704 Sueldos del personal dé nómina | 5.000.00 |
| Programa III | |
| Administración y mantenimiento de Inmuebles Nacionales. | |
| S ervicios generales | |
| 105 111. Del articulo 0719 Mantenimiento y aseguros | 15.000.00 |
| Programa. IV | |
| Gastos generales | |
| Servicios personales | |
| 104 111. Del articulo 0728 Servicios públicos | 20.000.00 |
| 105 111. Del artículo 0731 mantenimiento y aseguros | 10.000.00 |
| Suman los contracréditos | 100.000.00 |
| Créditos | |
| Capítulo 071 | |
| Departamento Administrativo de Servicios Generales | |
| Programa III | |
| Administración y mantenimiento de Inmuebles | |
| Nacionales. | |
| Gastos generales | |
| 106 111. Al artículo 0720. Arrendamientos | 86.000.00 |
| Programa IV | |
| Servidos generalas. | |
| Gastos- Generales | |
| 105 111. Al artículo 0730. compra de equipo | 10.000.00 |
| 106 111. Al artículo 0732. Impresos y publicaciones | 4.000.00 |
| Suman los créditos | 100.000.00 |
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de Diciembre de 1961
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jorge Mejía Palacio
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