Por el cual se ordena editar un folleto en la Imprenta Nacional
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y en especial de la que le confiere el artículo 21 de la Ley 141 de 1948, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Ministro de Higiene solicita la publicación de la tesis de grado presentada por el doctor Rafael Casas Morales, sobre "Estudio y plan de fomento del sistema hospitalario en Colombia";
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto número 014 de 1950, sobre servicio de salubridad rural, los estudios y monografías que hagan los estudiantes de medicina, podrán servir como tema de tesis para optar al título de médico, cuando a juicio del Jurado de tesis, llenen los requisitos exigidos por los reglamentos de la Universidad, en cuyo caso el Ministerio de Higiene dispondrá su edición con miras a estimular el esfuerzo realizado,
DECRETA:
Artículo único. En la Imprenta Nacional se editará un folleto titulado "Estudio y plan de Fomento del sistema hospitalario en Colombia".
Parágrafo. El material literario papel, cartulina, corrección de pruebas y demás elementos necesarios para su edición, estará a cargo del Ministerio de Higiene.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de diciembre de 1952.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Gobierno,
Luis Ignacio Andrade.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
El Ministro de Higiene,
Alejandro Jiménez Arango.
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