Por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto número 2881 de 1985

Rango Decreto
Publicación 1985-11-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario aplazar la comisión al exterior del doctor Roberto Iregui, funcionario de Carbocol S. A., conferida mediante el Decreto número 2881 del 4 de octubre de 1985, para los días comprendidos entre el 5 y el 10 de noviembre del año en curso.

Que la Secretaria General de la Presidencia de la República, impartió su aprobación para dicho aplazamiento,

DECRETA:

Artículo 1°. Modificar el artículo 2° del Decreto número 2881 de 1985, en el sentido de que la fecha de iniciación de la comisión al exterior del doctor Roberto Iregui, funcionario de la empresa Carbones de Colombia S. A., Carbocol, será del 5 al 10 de noviembre del año en curso y no cómo allí aparece.

Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de octubre de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Minas y Energía,

Iván Duque Escobar.

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