Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Relaciones Exteriores)

Rango Decreto
Publicación 1948-10-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Relaciones Exteriores).

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 10 de septiembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores,, según consta en el acta respectiva,

DECRETA

Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 23.
Del artículo 157. Para viáticos del personal consular, en el año $40.000.00
CAPITULO 22
Al artículo 151.para viáticos del personal diplomático, en el año $40.000.00
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de septiembre de 1948.

MARIANDO OSPINA PEREZ

El Ministro de Relaciones Exteriores, Eduardo ZULETA ANGEL - El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERBAL.

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