Por el cual se extiende la jurisdicción de un Juez de la Policía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1932-01-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confieren las Leyes 41 de 1915 118 de 1922, y teniendo en cuenta que en la averiguación del robo de las joyas de la custodia perteneciente a la Capilla del Sagrario de Bogotá se hace indispensable recibir varias declaraciones y practicar otras diligencias en la ciudad de Chiquinquirá, Departamentos de Boyacá, y que, para el mejor éxito de dicha investigación, es muy conveniente que sea el propio Juez de la Policía Nacional que está conociendo del suminario quien practique tales diligencias,

DECRETA:

Artículo único. Extiéndese la jurisdicción al Juez 8° de la Policía Nacional, doctor Alfonso Galvis Amado, para que, en asocio del Escribiente del mismo Juzgado, señor Celio Ramos, quien actuará como Secretatio, reciba declaraciones y practique las demás diligencias legales que estime necesarias en la ciudad de Chiquinquirá, y en general, en todo el Departamento de Boyacá, para sancionar a los autores del referido robo.

Comuniquese y publíquese.

Dado en bogotá a 11 de enero de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustin MORALES OLAYA

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