Por el cual se abren dos créditos adicionales al presupuesto de rentas y gastos
El Presidente de la República de Colombia
DECRETA :
Abrense al Presupuesto de la vigencia económica en curso los siguientes créditos adicionales :
Departamento de Correos.
Capítulo 2.° Administración general de correos (Material).
| Para útiles de escritorio y alumbrado de esta oficina | $ 200 |
|---|---|
Departamento de Correos.
Capítulo 3.° Administraciones principales y subalternas de Hacienda nacional (Personal).
| Para pagar los sueldos del Administrador subalterno de Hacienda nacional en Socha en la vigencia actual, á $ 16 mensuales | $ 192 |
|---|---|
Dado en Bogotá, á 20 de Mayo de 1886.
J. M. CAMPO SERRANO
El Secretario de Gobierno,
Aristides Calderón.
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