Por el cual se fijan unas asignaciones en el Departamento Nacional de Higiene

Rango Decreto
Publicación 1932-02-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades extraordinarias,

DECRETA:

Artículo único. Desde la fecha del presente Decreto fíjanse en $ 475 mensuales los sueldos del Administrador del Departamento Nacional de Higiene y del Director Técnico del mismo Departamento.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Fusagasugá a 23 de febrero de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín MORALES OLAYA

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