por el cual se suprimen unos cargos

Rango Decreto
Publicación 1950-11-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 4° de la Ley 33 de 1947, y

DECRETA:

Artículo 1° Suprímense los siguientes cargos, dependientes de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacieda y Crédito Público
Aduana de Arauca. Mensuales
Capitán del Puerto, con $250.00
Secretario de la Capitanía 150.00
Aduana de Manaure.
Aforador Almacenista 250.00
Aduana de Leticia.
Aforador Almacenista 250.00
Artículo 2° Adscríbense las funciones del Capitán del Puerto de Arauca al Administrador de la Aduana de dicho Puerto.
Artículo 3° Señálase en $ 650.00, la asignación del Secretario de la Dirección General de Aduanas, y en $ 550.00, la del Revisor de Exenciones y Devoluciones de dicha entidad.
Artículo 4° Créase el cargo de Inspector General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con una asignación mensual de $ 700.00.

Parágrafo. Por Resolución de la Dirección General de Aduanas y con la aprobación del Ministro de Hacienda, se señalarán las funciones del Inspector General de Aduanas, creado por el presente Decreto.

Artículo 5° Nómbrase al señor Jorge Salazar Restrepo, en el cargo de Inspector General de Aduanas, creado por el presente Decreto.
Artículo 6° Este Decreto rige a partir del 19 de noviembre próximo.

Cópiese, comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de octubre de 1950.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rafael DELGADO BARRENECHE

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