Por el cual se dictan unas disposiciones sobre viaticos del personal del Ministerio de Obras Públicas

Rango Decreto
Publicación 1954-11-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el artículo 10 del Decreto de carácter extraordinario número 2187 de 1953, permite la fijación de viáticos a los empleados nacionales, hasta de cuarenta pesos diarios, cuando se ausenten del lugar de su residencia en funciones oficiales, disposición que no está contemplada en el Decreto número 2291 de 1949, que fijó los viáticos del personal de empleados del Ministerio de Obras Públicas,

DECRETA:

Artículo primero. Para efectos del reconocimiento de viáticos, al personal de empleados y damas trabajadores dependientes del Ministerio de Obras Públicas, que salgan del lugar de su residencia en comisiones oficiales, o en ejercicio de sus funciones, se divide en las siguientes categorías, con derecho a devengar los viáticos que a continuación se expresan:

Primera categoría, treinta y cinco pesos ($ 35.00) diarios.

Segunda categoría, treinta pesos ($ 30.00) diarios.

Tercera categoría, veinticinco pesos {$ 25.00) diarios.

Cuarta categoría, veinte pesos (S 20.00) diarios.

Quinta categoría, quince pesos ($ 15.00) diarios.

Sexta categoría, diez pesos ($ 10.00) diarios.

Séptima categoría, cinco pesos ($ 5.00) diarios.

Artículo segundo. Autorizase al Ministro de Obras Públicas, para fijar por medio de resoluciones las categorías en que deban quedar comprendidos los empleados y damas trabajadores del Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior y para reglamentar todo lo relacionado con el reconocimiento y pago de dichos viáticos.
Artículo tercero. Quedan derogadas las disposiciones que sean contrarias al presente Decreto, el cual regirá desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de noviembre de 1954.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Obras Públicas,

Capitán de Navio Rubén Piedrahita Arango'

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