por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 30 de septiembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el Acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
Ministerio de Obras Públicas.
| Capítulo 98-Bis. | |
|---|---|
| Del artículo 1951-E. Para pavimentación del sector Barranquilla-Sabanalarga, en la carretera Cartagena-Barranquilla | 50.000.00 |
| Del artículo 1951-L. Para pavimentación del sector Pasto-Tambo del Obispo, en la carretera Ipiales-Pasto-Popayán-Cali, de la Troncal Occidental | 20.000.00 |
| Suman los contracréditos | 70.000.00 |
| Capítulo 98-Bis. | |
| Al artículo 1951-A. Para dar cumplimiento al contrato publicado en el Diario Oficial número 25430, del 27 de diciembre de 1943 con la Tropical Oil Company, sobre suministro de asfaltos para pavimentación de carreteras nacionales y al pago de intereses de los mismos pagarés, reparación de canecas, etc., de acuerdo con la Ley 175 de 1938 | 10.000.00 |
| Al artículo 1951-B. Para atender al cumplimiento de los contratos celebrados o que se celebren sobre servicio de laboratorio para pavimentación de carreteras nacionales | 10.000.00 |
| Al artículo 1951-C. Para gastos generales de pavimentación de carreteras nacionales | 30.000.00 |
| Al artículo 1951-U. Para pavimentación del sector Tunja-Barbosa, en la carretera Tunja-Barbosa-Puerto Olaya, de la Troncal Central | 20.000.00 |
| Suman los créditos | 70.000.00 |
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de septiembre de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de Obras Públicas,
Luis Ignacio ANDRADE
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