Por el cual se crean empleos supernumerarios en la Aduana y en el Resguardo de Buenaventura

Rango Decreto
Publicación 1920-02-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le confiere el artículo 16 de la Ley 113 de 1919,

decreta:

Artículo único. Créanse en la Administración de la Aduana de Buenaventura y en el Resguardo de la misma los siguientes empleos, con el carácter de supernumerarios, y con las asignaciones que tienen actualmente los empleados de su clase en la Administración y el Resguardo indicados:

Tres Escribientes;

Dos Chequeadores; y

Diez Guardas.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de febrero de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Hacienda, luis CUERVO MARQUEZ.

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