por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Rango Decreto
Publicación 2007-08-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal encontrándola ajustada técnicamente y emitiendo en consecuencia concepto favorable.

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable.

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímese, de la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el siguiente cargo:
N° de Cargos Denominación del Empleo Código Grado
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
1 (Uno) Negociador Internacional 0088
Artículo 2°. Créanse, en la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los siguientes cargos:
N° de Cargos Denominación del Empleo Código Grado
Planta Global Planta Global Planta Global Planta Global
2 (dos) Profesional Especializado 2028 21
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 213 de 2003.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de agosto de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Luis Guillermo Plata Páez.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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