por el cual se redistribuye el saldo de una apropiación (ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Redistribuyese el saldo de $ 2.372.475.83, dela partida apropiada en el Capítulo 113, artículo Í986, del Presupuesto en corso; para conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales en servicio, así:
| Para la Zona dé Carreteras de Barranquilla | $47.000.00 |
|---|---|
| Para la Zona de Carreteras de Bogotá | 441.795.23 |
| Para la Zona de Carreteras de Bucaramanga | 168.000.00 |
| Para la Zona de Carreteras de Cali | 110.000.00 |
| Para la Zona de Carreteras de Cartagena | 86.000.00 |
| Para la Zona de Carreteras de Ibagué | 139 000.00 |
| Para la Zona de Carreteras de Manizales | 158.000.00 |
| Para la Zona de Carreteras de Medellín | 169.000.00 |
| Para la Zona de Carreteras de Neiva | 82.000.00 |
| Para la Zona de Carreteras de Pamplona | 152.000.00 |
| Para 1a Zona de Carreteras de Ocaña | 59.000.00 |
| Para la Zona dé Carreteras dé Popayán | 113 000.00 |
| Para la Zona de Carreteras de Pastó | 128.000.00 |
| Para la Zona de Carreteras de Quibdó | 38.000.00 |
| Para la Zona de Carreteras de Tunja | 211.000.00 |
| Para la Zona de Carreteras de Valledupar | 135.000.00 |
| Para la Zona dé Carreteras de Villavicencio | 95.000.00 |
| Para las vías de San Andrés y Providencia | 6.000.00 |
| Para gastos generales de carreteras | 34.680.00 |
| Total | $2.372.475.83 |
Parágrafo. Quedan modificadas por el presente Decreto las destinaciones hechas por Decretos números 53, 229,2458 y 2762 del corriente año, para conservación de carreteras nacionales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de septiembre de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Obras Públicas,
Luis Ignacio ANDRADE
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