Por el cual se destina una partida
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo primero. De los fondos apropiados en el artículo 1079, Capítulo 87 del Presupuesto Nacional vigente, destínase la suma de cinco mil pesos moneda corriente ($ 5.000.00 m/cte.), como aporte del Ministerio de Educación Nacional para el fomento de las organizaciones deportivas en el país.
Artículo segundo. La Suma a que se refiere el artículo anterior, será pagada al Tesorero del Comité Olímpico Colombiano, a la presentación de la respectiva cuenta de cobro en forma legal.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 31 de diciembre de 1952.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo
El Ministro de Educación Nacional,
Lucio Pabón Núñez
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