por lo cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Publicas)

Rango Decreto
Publicación 1950-11-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día…….del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el Acta respectiva,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

CAPITULO 118

Del Artículo 1709. Para la construcción de la Cárcel de Manizales $2.500.00
Suman los contracréditos $2.500.00

CAPITULO 116

Al artículo 1684. Para el pago del servicio telefónico de los edificios de propiedad nacional, de fuera de la capital de la República, destinados al servicio oficial, material y demás gastos por concepto de este servicio, en el año $2.500.00
Suman los créditos $2.500.00
Artículo segundo. Este Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de octubre de 1950.

LAUREANO GÓMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARRENEOME-El Ministro de Obras Públicas, Jorge LEYVA.

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