por lo cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Publicas)

Rango Decreto
Publicación 1950-11-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de' Ministros en su sesión del día……del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el Acta respectiva.

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

CAPITULO 112

Del Artículo 1640. Para continuar la construcción de la carretera Quibdó-Bahía Solano 100.000.00

CAPITULO 118

Del artículo 1700. Para continuar el Edificio Nacional de Garzón 1.000.00
Del artículo 1701. Para continuar el Palacio de Justicia de Neiva 1.209.57
Del artículo 1702. Para continuar los Cuarteles de Santa Marta 500.00
Del artículo 1705. Para continuar los cuarteles de Cúcuta 500.00
Suman los contracréditos $103.209.57

CAPITULO 112

Al artículo 1632. Para continuar la construcción de la carretera Caldas-Amagá-Venecia-Bolombolo $100.000.00

CAPITULO 118

Al artículo 1694. Para continuar el Edificio Nacional de Barranquilla $3.209.57
Suman los créditos $103.209.57
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de octubre de 1950. -

LAUREANO GÓMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARRENEOME-El Ministro de Obras Públicas, Jorge LEYVA.

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