Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para 1965 (Deuda Pública Nacional, Ministerio de Guerra y Policía Nacional), por $ 12.550.000.00

Rango Decreto
Publicación 1966-01-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 86 del Decreto-ley número 1675 de 1984, sobre normas orgánicas del Presupuesto Nacional, dispone que los créditos adicionales destinados a pagar gastos ocasionados durante el estado de sitio declarado por las causas previstas en el artículo 121 de la Constitución Nacional, para los cuales no se hubiera incluido partida en el Presupuesto, serán abiertos conforme a las normas del citado Decreto, o en la forma que el Presidente de la República y el Consejo de Ministros lo decidan, lo cual también es aplicable a traslados presupuéstales que deban hacerse, por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en virtud de lo dispuesto en el Decreto legislativo número 2651 de 1965;

Que en desarrollo de las disposiciones legales citadas el Gobierno Nacional, dictó el Decreto número 2662" de 1965, por medio del cual dispuso que, cuando el Presidente de la

República y el Consejo de Ministros consideren que la urgencia lo impone, los créditos adicionales y las traslaciones presupuéstales se harán, durante la vigencia del régimen del estado de sitio, por medio de Decretos ejecutivos, emanados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con la aprobación del Consejo de Ministras y con el requisito de la expedición del correspondiente certificado de disponibilidad por parte del Contralor General de la República;

Que para la buena marcha de la administración pública y a f i n de agilizar el manejo del Presupuesto, el Presidente de la República y el Consejo de Ministros han considerado la urgencia, y, éste último impartido su aprobación a unos Contracréditos en el Presupuesto de la Deuda Pública Nacional, para que sirvan de base a la apertura de unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Guerra y al de la Policía Nacional, por $ 12.550.000.00;

Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 97. De 1965, por un valor igual al que se trata de contracreditar y acreditar, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1º. Hácense los siguientes Contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1965.

Presupuesto de funcionamiento

Deuda Pública Nacional

CAPITULO 0301

Deuda Externa

Documentos al portador - Deuda en dólares.

Bonos colombianos de Deuda Externa 1940 del 3%

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