por el cual se crea la Notaría Segunda en el Círculo Notarial de la ciudad de Girardot
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Círculo Notarial de Girardot fue creado hace 22 años, por medio del Decreto 954 de 1970 y solamente existe una notaría en dicho municipio cundinamarqués, mientras que el crecimiento poblacional de la región se ha incrementado considerablemente durante el mismo período;
Que la asignación de nuevas funciones a las notarías y la necesidad de mejorar la prestación del servicio notarial, hace indispensable la creación de una nueva Notaría que dé respuesta a las actuales circunstancias de progreso económico-social de la ciudad de Girardot;
Que por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1° Créase la Notaría Segunda del Círculo Notarial de Girardot, Cundinamarca.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 16 de febrero de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Justicia,
Andrés González Díaz.
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