Por el cual la Nación se asocia a la conmemoración del primer centenario de lamuerte del General Daniel Florencio O'Leary
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el 24 de febrero próximo se cumple el primer centenario del fallecimiento del General Daniel Florencio O'Leary, que murió en esta ciudad cuando desempeñaba el cargo de representante de Su Majestad Británica ante el Gobierno de la Nueva Granada;
Que el General O'Leary desde el comienzo de su carrera mereció la amistad y la confianza del Padre de la Patria, a quien sirvió fielmente y cuya vida y gloriosas hazañas dejó consignadas en páginas de la mayor trascendencia para la historia de la campaña libertadora;
Que fue uno de los campeones ilustres de la Independencia de Colombia, a cuya causa consagró su valor y sus mejores días y unido después a la suerte de las nuevas naciones, por cordiales e indestructibles lazos de familia, fue verdaderamente colombiano;
Que por su participación en esas campañas recibió el grado de General de la República y ostentó sobre su pecho la venera de la Orden de los Libertadores de Boyacá,
decreta:
Artículo primero. El Gobierno de Colombia rinde tributo de gratitud y admiración a la noble figura del General Daniel Florencio O'Leary, que militó con honor y valentía al lado del Libertador, de quien recibió las mejores pruebas de aprecio y de confianza; se asocia a las ceremonias conmemorativas del primer centenario de su muerte, y dispone:
- 1° Celebrar solemnes funerales en su memoria en el Panteón de los Próceres, el día 24 de febrero de 1954;
- 2° Acuñar una medalla conmemorativa con la efigie del Prócer Colombiano y Diplomático Británico, que se repartirá, por el Ministerio de Guerra. a los Comandos de las Fuerzas Armadas; por el Ministerio de relaciones Exteriores a las Misiones Diplomáticas acreditadas ante el Gobierno de Colombia y a las Misiones Diplomáticas acreditadas en el Exterior, y por la Academia Colombiana de Historia y por la Sociedad Bolivariana de Colombia, a los centros culturales de su misma índole.
Artículo segundo. Por las Fuerzas Armadas de la República se rendirán los honores reglamentarios a la memoria del ilustre Prócer y ante su efigie se depositarán ofrendas florales por las instituciones mencionadas en el presente Decreto, copia del cual se enviará a los gobiernos de Su Majestad Británica y del Estado Libre de Irlanda y a los parientes más próximos del ilustre finado.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de febrero de 1954.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Evaristo Sourdis.
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Gustavo Berrio Muñoz.
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