Por el cual se modifica el Decreto número 291 de 1948
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que de los fondos distribuidos por Decreto número 291 de 1948 para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Colonia Escolar de Bogotá, existe un sobrante de $ 2.400, proveniente de 40 pensiones alimenticias, a $ 20 cada una, no usufructuando en los meses de febrero, marzo y abril del presente año;
Que a partir del mes de mayo el número de alumnas internas de la Colonia Escolar de Bogotá sólo ha sido de 100, número que continuará hasta el mes de diciembre, y
Que las partidas destinadas por el mismo Decreto para alimentación
y gastos varios de la Colonia resultaron insuficientes,
DECRETA:
Artículo 1° Modifícase el Decreta número 291 de 1948, por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal y gastos varios de la Colonia Escolar de Bogotá, en el sentido de reducir de 110 a 100 el número de alumnas internas de la Colonia desde mayo hasta diciembre, inclusive, del año en curso.
Artículo 2° Con base en la reducción a que se refiere el artículo anterior, auméntase de $ 20 a $ 22 el valor de cada una de las pensiones alimenticias de 100 alumnas internas de la misma Colonia, en los meses de mayo a diciembre, inclusive, del presente año.
Artículo 3° Con base en la economía obtenida por concepto de 40 pensiones alimenticias de alumnas internas de la Colonia, a $ 20 cada una; no usufructuadas en los meses de febrero, marzo y abril, auméntase de $ 6.900 a $ 9.300 la partida destinada por el mismo Decreto número 291 para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material .de enseñanza, útiles de escritorio, drogas, dotación, etc., de la Colonia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de septiembre de 1948.
MARIANO OSP1NA PEREZ
El Ministro de Hacienda v Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO
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