Por el cual se abre un Crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1962.( Ministerio de Hacienda y Crédito Público ), por $ 238.181.193.41
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley 59 de 1962 autorizó al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito interno, a fin de obtener los re- 9 850 00 cursos necesarios para enjugar el déficit fiscal de 1961; Que por medio del Decreto número 2970 de 1962, se dispuso la emisión de pagarés de Deuda Pública Interna, del 4% anual, a favor del Banco de la República, por $ 238.181.193.41, destinados a cubrir el déficit de (pie trata et considerando anterior;
Que por medio del artículo 2° de la citada Ley 59 de 1962, se autorizó a Gobierno Nacional para fue, con los requisitos de la aprobación por el Presidente de la República, previo concepto favorable del Consejo de Ministros, y de la revisión del Consejo de Estado, incorpore en el Presupuesto Nacional vigente, el ingreso y la: apropiación provenientes de las operaciones financieras autorizadas por el artículo anterior.
Que el señor Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 36 de 1962, para amparar la apertura del crédito presupuestal destinado a enjugar el déficit fiscal de 1961;
Que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 22 de noviembre último, impartió su aprobación al crédito de que se trata, y
Que el honorable Consejo de listado, en providencia de fecha 5 de diciembre de 1962, emitió concepto favorable a la apertura del crédito en cuestión,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia riscal de 1962, con la cantidad de doscientos treinta y ocho millones 4.924.00 ciento ochenta y un mil ciento noventa y tres pesos con cuarenta y un centavos ($ 238.181.193.41) moneda legal que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 36 del mismo año, expedido por la Contraloría General de la República, se incorporarán al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas e Ingresos.
Capítulo IV
Recursos del Crédito.
Numeral 125-A. Producto de la emisión de pagarés de Deuda Pública Interna autorizados por la Ley 59
| de 1962 y del Decreto número 2970 del mismo año, para financiar el déficit fiscal de 1961 | $ 238.181.193.41 |
|---|---|
| Total de recursos | $ 238.181.193.41 |
Artículo 2° Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso:
Presupuesto de funcionamiento.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
II Financiamiento
Capítulo 0418
Financiamiento a cargo del Ministerio.
Programa V.
Financiamiento del Déficit Fiscal.
| Artículo 0425S-A. para cancelar el déficit fiscal de 1961 | $238.181.193.41 |
|---|---|
| Total del crédito | $ 238.181.193.41 |
Artículo 3° El presento Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D.E., a 10 de diciembre de 1962.
GUILLERMO LEON VALENCIA.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Sanz de Santamaría
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