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Por el cual se traslada a la Vega la Aduana de Puerto Villamizar

Texto vigente a fecha 1970-01-02

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

En uso de la autorizacion que le confiere el artículo 1.° de la lei 60 del presente año,

Vistos los informes de los señores Presidente del Estado de Santander, Jefe Departamental de Cúcuta i Administrador de la Aduana de Puerto Villamizar ; i

Considerando que se han hallado graves inconvenientes para establecer dicha Aduana en el mencionado puerto,

DECRETA :

Art. 1.° Trasládase provisionalmente al punto denominado La Vega la Aduana que existió en San José de Cúcuta i que por decreto número 244, de 5 de junio último, se dispuso se situara en Puerto Villamizar.
Art. 2.° Los empleados a que se ha hecho referencia quedan encargados de la ejecucion de este decreto.

Dado en Bogotá, a 7 de julio de 1875.

S. PÉREZ.

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional, por ausencia del de Hacienda i Fomento en servicio oficial,

J. M. Villamizar G.