Por el cual se reforman algunas disposiciones referentes al suministro de alimentación al personal de empleados de la Estación Sanitaria de Puerto Colombia

Rango Decreto
Publicación 1918-02-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y

CONSIDERANDO:

Sanitaria de Tuerto Colombia se hiciera por medio de contrato, sistema que no dio buenos resultados

a causa del incumplimiento del Contratista , lo que determinó al Gobierno a rescindir el contrato celebrado y autorizar al Gobernador del Departamento del Atlántico para organizar este servicio en la forma que estimara más conveniente.

DECRETA:

Artículo único. Derógase el ordinal 3° del artículo 3° del Decreto número 195 de 1914 (22 de julio), expedido por el señor Gobernador del Departamento del Atlántico; en consecuencia, los gastos de alimentación del personal de empleados de la Estación Sanitaria de Puerto Colombia continuará a cargo del Tesoro Nacional, y decláranse legalizados los pagos hechos por el Señor Administrador de Hacienda de Barranquilla en el servicio de que se trata.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de febrero de 1918.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, MIGUEL ABADIA MENDEZ.

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