Por el cual se dictan unas disposiciones orgánicas en el Ramo de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1938-05-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y de la especial que le confiere el artículo 19 de la Ley 111 de 1937,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 1° de marzo próximo, el Estado Mayor General, la Inspección General de las Fuerzas Militares y la Dirección General de Aviación, tendrán la siguiente dotación de personal y asignaciones mensuales:
Un General, Jefe $ 400.00
Un Ajunto 1° 120.00
Un Ordenanza 30.00
b) Subjefatura:
Un Coronel, Subjefe 300.00
Un Ajunto 3° 100.00
c) Departamento número 1:
Un Teniente Coronel, Jefe 250.00
Un Mayor, Jefe de la Sección 1° 220.00
Un Mayor, Jefe de la Sección 2° 220.00
Un Capitán, Jefe de la Sección 3° 190.00
d) Departamento número 2:
Un Teniente Coronel, Jefe 250.00
Un Mayor, Jefe de la Sección 1° 220.00
Un Capitán. Jefe de la Sección 2° 190.00
Un Mayor, Jefe de la Sección 3° 22.0.00
Un Adjunto Técnico de la Sección 3° 140.00
e) Departamento número 3:
Un Teniente Coronel, Jefe 250.00
Un Teniente Coronel o Mayor, Jefe de la Sección 1°, según su grado, hasta 250.00
Un Teniente Coronel o Mayor, Jefe de la Sección 2°, según su grado, hasta 250.00
Un Teniente Coronel o Mayor, Jefe de la Sección 3°, según su grado, hasta 250.00
f) Departamento número 4:
Un Teniente Coronel, Jefe 250.00
Un Asesor Técnico (contratado)
Un Teniente Coronel o Mayor, Jefe de la Sección 1ª, según su grado, hasta 250.00
Un Mayor, Jefe de la Sección 2° 250.00
Un Capitán, Jefe de la Sección 3° 190.00
Un Adjunto 3° 100.00
g) Hasta seis Agregados Militares.
Hasta seis Oficiales a prueba
h). Servicio de Cancillería:
Un Capitán o Teniente, Jefe, Ayudante de la Jefatura, según su grado, hasta 190.00
Un Adjunto l°, Archivero 120.00
Un Adjunto 2°, Traductor 110.00
Un Mecanotaquígrafo 90.00
Un Adjunto 6°, Registrador 70.00
Dos Mecanógrafos primeros, a $ 70 cada uno 140.00
Dos Mecanógrafos segundos, a $ 60 cada uno 120.00
Un Dibujante 1° 140.00
Un Sargento 2°, Jefe de Servicios 55.00
Un Chofer 2° 60.00
Un Mensajero 2° 40.00
Siete Ordenanzas, a $ 30 cada uno 210.00
i) Biblioteca y Publicaciones:
Un Capitán, jefe 190.00
Un Adjunto l°, Bibliotecario 120.00
Un Adjunto 6°, Almacenista 70.00
Un Jefe de Talleres Tipográficos, Adjunto 3° 100.00
Dos Maquinistas, a $ 80 cada uno 160.00
U Fotograbado 75.00
Siete Cajistas, a $ 60,cada uno 420.00
Un Distribuidor 45.00
Dos Plegadores, a $ 35 cada uno 70.00
j) Sección de Colonización:
Un Capitán, Jefe 190.00
Un Adjunto 6° 70.00
Parágrafo. Depende del Estado Mayor General
1) La Escuela Superior de Guerra, con:
a) Dirección:
Un Teniente Coronel, Director $ 250.00
Un Asesor Técnico (con sueldo que le fija el Decreto número 3186 de. 1936)
Un Capitán o, Teniente, Oficial de Administración, según su grado, hasta 190.00
Un Teniente, Ayudante 135.00
Un Oficial de Sanidad 135.00
Un Contador 2° 150.00
El puesto de Oficial de Detall será servido por uno de los profesores internos, designado por la Dirección
b) Subdirección de Estudios:
Un Teniente Coronel $ 250.00
Cuatro Tenientes Coroneles o Mayores, Profesores Militares internos, según sus grados, a $ 250 cada uno 1,000.00
Hasta tres Profesores Militares externos
Hasta cuatro Profesores Civiles externos, a $ 40 cada uno 160.00
c) Oficiales alumnos:
Hasta veinte Oficiales, alumnos en comisión, por Curso de Estudios Superiores, y los que el Ministerio llame para los de Información
d) Personal de tropa:
Un Sargento 1°, Jefe del Servicio 75.00
Un Cabo 1°, Jefe de Palafreneros 40.00
e) Personal auxiliar:
Dos Mecanógrafos primeros, a $ 70 cada uno 140.00
Un Mecanógrafo 2° 60.00
Un Adjunto 6°, Dibujante 70.00
Un Mecanógrafo 3°, Bibliotecario 50.00
Un Farmacéutico 2°, interno 70.00
Un Chofer 2° 60.00
Un Peluquero 1° 50.00
Un Mayordomo de Casino 40.00
Un Conserje 2°, Portero 40.00
Un Mensajero 2° 40.00
Diez Asistentes de Oficiales, a $ 15 cada uno 150.00
Ocho Palafreneros, a $ 15 cada uno 120.00
Dos Sirvientes primeros Rancheros, a $ 15 cada uno 30.00
Dos Sirvientes primeros, Casino, a $ 15 cada uno 30.00
Un Zapatero 50.00
Un Sastre 50.00
Un Carpintero 50.00
B) Inspección General de las Fuerzas Militares. Con: a) Jefatura: Un General, Inspector General $ 400.00
Un Mecanotaquígrafo 90.00
Un Chofer 2° 60.00
Un Ordenanza 30.00
b) Ayudantía:
Un Mayor, Ayudante 220.00
Un Adjunto 5°, Registrador Archivero 80.00
Un Cartero 30.00
c) Inspectores de Armas:
Un Coronel o Teniente Coronel, Inspector de Infantería, según su grado, hasta 300.00
Un Teniente Coronel, Inspector de Caballería 250.00
Un Teniente Coronel, inspector de Artillería 250.00
Un Coronel o Teniente Coronel, Inspector de Ingenieros, según su grado, hasta 300.00
Un Capitán de Fragata, Inspector de Marina 250.00
Un Mayor, Inspector de Aviación 220.00
Dos Mecanógrafos primeros, a .$ 70 cada uno 140.00
Tres Ordenanzas, $ 30 cada uno 90.00
C) Dirección General de- Aviación.
Con:
a) Dirección General:
Un Director General $ 400.00
Un Mecanotaquígrafo 90100
Estado Mayor:
Un Mayor o Capitán, Jefe, según su grado, hasta 220.00
Ayudania:
Un Capitán o Teniente, Ayudante, según su grado, hasta 190.00
Un Ordenanza Cartero 30.00
Servicio de Registro y Archivo:
Un Jefe, Adjunto 1°, Archivero 120.00
Un Adjunto 1°, Registrador 70.00
Un Ordenanza Cartero 30.00
b) Sección de Operaciones:
Un Mayor o Capitán, Jefe, según su grado hasta 220.00
Un Mecanógrafo 1° 70.00
Un Ordenanza Cartero 30.00
Servicio de Instrucción:
Un Capitán o Teniente, Jefe, según su grado hasta 190.00
Un Traductor 90.00
Un Adjunto 2°, Dibujante Técnico 110.00
Un Mecanógrafo 2° 60.00
Servicio de Estadística General:
Un Jefe del Servicio 150.00
Un Adjunto 4° 90.00
Un Mecanógrafo 2° 60.00
Servicio de Tránsito Aéreo:
Un Teniente o Subteniente, .Jefe, según su grado, hasta 135.00
Un Chofer 1° 70.00
Un Chofer 2° 60.00
Un Chofer 3° 50.00
c) Sección Técnica:
Un Mayor o Capitán, Jefe, según su grado 220.00
Un Mecanógrafo 1° 70.00
Un Inspector Técnico 250.00
Un Ordenanza 30.00
Servicio de Aeródromos:
Un Ingeniero Jefe 350.00
Un Ingeniero Inspector 300.00
Un Ingeniero Auxiliar 250.00
Un Ingeniero Ayudante 200.00
Un Topógrafo Aerólogo 200.00
Un Dibujante Arquitecto 150.00
Un Adjunto 4° 90.00
Servicio de Armamento:
Un Capitán o Teniente, según su grado, hasta 190.00
Un Mecanógrafo 2° 60.00
d) Sección de Personal:
Un Mayor o Capitán, Jefe, según su grado, hasta 220.00
Dos Adjuntos cuartos, a $ 90 cada uno 180.00
Dos Capellanes segundos para las Bases de Buenaventura y Tres Esquinas, a $ 70 cada uno 140.00
Tres Capellanes tareeros para las Bases de Palanquero, Cali y Madrid, a $ 40 cada uno 120.00
e) Sección de Intendencia:
Un Intendente 250.00
Un Adjunto 4° 90.00
Servicio de Adquisiciones:
Un Oficial de adquisiciones internas 135.00
Un Oficial de adquisiciones ex ternas 135.00
Un Liquidador de facturas 110.00
Un Mecanógrafo 2° 60.00
Un Almacenista 2°, encargado de despachos 70.00
Un Mecanógrafo Cotizador 45.00
Servicio de Contabilidad:
Un Contabilista l° 120.00
Un Contabilista 2° 100.00
f) Sección de Depósitos y Almacenes:
Un Capitán o Teniente, Jefe, según su grado, hasta 190.00
Un Asesor Técnico (contratado)
Un Mecanógrafo 1° 70.00
Servicio de Catalogación y Agrupación (Indice General):
Un Especialista, encargado 160.00
Un Ayudante, Mecanógrafo 1° 70.00
Servicio de Kardex y Pedidos:
Un Visitador Revisor 150.00
Un Adjunto 1°, encargado del kardex 120.00
Un Ayudante 90.00
Un Adjunto 3°, encargado de pedidos 100.00
Un Ayudante 80.00
g) Depósito General de Palanquero:
Un Jefe Almacenista 180.00
Un Mecanógrafo 90.00
Un encargado del kardex 80.00
Un Ordenanza 30.00
Recibo y Clasificación:
Un Subalmacenista, Mecánico 1° 95.00
Un Mecanógrafo 2° 60.00
Un Acomodador de materiales,
Mecánico 1° 95.00
Despacho y Bodegas:
Un Encargado 80.00
Un Embarcador Bodeguero 60.00
Un Ayudante (Mecánico Ayudante) 55.00
Un Carpintero empacador 50.00
h) Sección de Aviación Civil:
Un Teniente Coronel o Mayor, Jefe, según su. grado, hasta 250.00
Un Teniente Ayudante 135.00
Un Asesor Jurídico 275.00
Un Adjunto 1° 120.00
Un Mecanotaquígrafo 90.00
Un Ordenanza 30.00
i) Sección de Radio y Aerología:
Un Capitán o Teniente, Jefe según su grado, hasta 190.00
Un Inspector Técnico de Radio 250.00
Un Mecanógrafo 1° 70.00
Dos Ordenanzas, a $ 30 cada uno 60.00
Oficina de Tráfico:
Un Jefe. 180.00
Dos Chequeadores. a $ 50 cada uno 100.00
Un Oficial de Recibo 50.00
Ocho Operadores primeros, a $ 100 cada uno 1,280.00
Cuatro Operadores segundos, a $ 120 cada uno 480.00
Cuatro Operadores terceros, Ayudantes, a $ 7 0 cada uno 280.00
Servicio de Radio en el resto del país:
Doce Operadores primeros, a $ 160 cada uno 1,920.00
Trece Operadores segundos, a $ 120 cada uno 1,560.00
Once Operadores terceros, a $ 70 cada uno 770.00
Servicio de Acrologia:
Un Jefe 200.00
Dos Aerólogos primeros, a $ 95 cada uno 190.00
Un Aerólogo segundo 80.00
Artículo 2° Deróganse todas las disposiciones contrarias al presente Decretó. Artículo 2° Deróganse todas las disposiciones contrarias al presente Decretó. Artículo 2° Deróganse todas las disposiciones contrarias al presente Decretó.
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Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 25 de febrero de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra.

Alberto PUMAREJO

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