Por el cual se modifica parcialmente la planta de personal del Ministerio de Educación Nacional
El Presidente de la República de Colombia.
en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere la Ley 21 de 1963, previo concepto del Consejo de Ministros, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 199 de 1958 creó el Instituto Nacional de Capacitación y Perfeccionamiento del Magisterio de Enseñanza Primaria, INCADELMA, y el Decreto número 1883 de 1963 determinó que fuera dependencia de la División de Educación Superior y Normalista;
Que el Instituto debe programar, organizar y supervisar, a escala nacional, la Capacitación del Magisterio en servicio, con la colaboración y asesoría de las distintas instituciones interesadas en la orientación del maestro, en labores docentes, y
Que el citado Instituto, para atender el cumplimiento de sus funciones técnico-docentes, administrativas y auxiliares, requiere una planta de personal ajustada a las necesidades, dentro de la posibilidad presupuestal existente,
DECRETA:
Artículo primero. Suprímense los siguientes cargos determinados por los Decretos números 2476 de 1960. 272 de 1961 y 235 de 1963 en la planta de personal de la dependencia que se expresa a continuación:
RAMA TECNICA
División de Educación Superior y Normalista
Sección de Formación, Capacitación y Perfeccionamiento de Maestros.
Instituto Nacional de Capacitación y Perfeccionamiento del Magisterio de Enseñanza Primaria - INCADELMA
| N° | Denominación de los cargos- Clase | Grado |
|---|---|---|
| 1 | Prefecto de Establecimiento de Educación Media | 15 |
| 9 | Directores Culturales II | 11 |
| 1 | Estadígrafo II | 7 |
| 1 | Estadígrafo I | 5 |
| 4 | Mecanógrafas II | 4 |
| 1 | Auxiliar de Servicios Generales I | 1 |
Artículo segundo. Adiciónase con los siguientes cargos la planta de personal del Ministerio de Educación Nacional en la misma dependencia de que trata el artículo anterior:
Instituto Nacional de Capacitación .y Perfeccionamiento del Magisterio de Enseñanza Primaria
| INCADELMA. N° | Denominación de los cargos- Clase | Grado |
|---|---|---|
| 4 | Profesores de Enseñanza Secundaria (1ª Categoría V) | 15 |
| 3 | 3 Expertos en Educación Primaria II | 11 |
| 1 | 1 Revisor de Documentos I | 7 |
| 1 | 1 Secretario Auxiliar I | 5 |
| 1 | 1 Oficinista III | 5 |
| 3 | 3 Oficinistas II | 4 |
Artículo tercero. El presente Decreto surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1964.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá. D. E., a 20 de diciembre de 1963.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Educación Nacional. Pedro GómezValderrama.-El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado Armando Zabarain.
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