por el cual se establecen las Unidades Principales y Auxiliares de la Subjefatura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se señalan sus funciones y responsabilidades

Rango Decreto
Publicación 1992-02-21
Estado Derogada
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 1
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el ordinal 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y de las legales contempladas en el artículo 15 del Decreto 1680 de 1991,

DECRETA:

Del Despacho del Subjefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica.

Artículo 1º Establécese en el Despacho del Subjefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la Unidad Auxiliar de Control Interno, la cual tendrá las siguientes funciones y responsabilidades:

Del Area de Recursos Humanos.

Artículo 2ºEl Area de Recursos Humanos tendrá las siguientes funciones y responsabilidades:
Artículo 3ºEstablécese la Unidad Principal de Personal, como una dependencia del Area de Recursos Humanos, la cual tendrá las siguientes funciones y responsabilidades.
Artículo 4ºEstablécese la Unidad Principal de Bienestar Social y de Capacitación, como una dependencia del Area de Recursos Humanos, la cual tendrá las siguientes funciones y responsabilidades:

Del Area Administrativa y Financiera.

Artículo 5ºEl Area Administrativa y Financiera tendrá las siguientes funciones y responsabilidades:
Artículo 6º Establécese la Unidad Principal de Contratos y Adquisiciones como una dependencia del Area Administrativa y Financiera, la cual tendrá las siguientes funciones y responsabilidades:
Artículo 7ºEstablécese la Unidad Auxiliar de Contratos como una dependencia de la Unidad Principal de Contratos y Adquisiciones, la cual tendrá las siguientes funciones y responsabilidades.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.